viernes, 9 de marzo de 2018

DENUNCIA CONTRA EL JUEZ LORENZETTI Y ANTECEDENTES DE SU PERTENENCIA A LA JP-MONTONEROS


LA ASOCIACIÓN DE ABOGADOS DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LATiNOAMÉRICA, (e.f.), AVENIDA SANTA FE 1480 9° PISO DEPARTAMENTO "A" DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, QUE NUCLEA A ABOGADOS DEFENSORES EN LAS CAUSAS CONTRA LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD QUE COMBATIERON AL  TERRORISMO GUERRILLERO SUBVERSIVO MARXISTA, HA IMPULSADO LA DENUNCIA QUE FIGURA EN EL  PRIMER ADJUNTO, CONTRA EL JUEZ RICARDO LUIS LORENZETTI, DENUNCIA PRESENTADA ANTE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.
EN EL EXTENSO TEXTO DE LA DENUNCIA, SE RELATAN LAS INNUMERABLES  IRREGULARIDADES JUDICIALES COMETIDAS POR EL CITADO JUEZ LORENZETTI, POR LAS CUALES SE PIDE SU REMOCIÓN POR MAL DESEMPEÑO Y SUBSIDIARIAMENTE SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE LA DEBIDA CONDUCTA COMO JUEZ DE LA CORTE.

EN EL SEGUNDO ADJUNTO VAN PÁRRAFOS DEL LIBRO "EL SEÑOR DE LA CORTE" DE NATALIA AGUIAR, EDICIONES B ARGENTINA S.A. 2017, DONDE SE ENTREVISTA Y PREGUNTA AL JUEZ LORENZETTI, SOBRE SU PERTENENCIA A MONTONEROS Y ESTE RESPONDE AFIRMATIVAMENTE.

LOS INCONSTITUCIONALES JUICIOS CONTRA LOS MILITARES Y LA MILITANCIA CERCANA A LOS MONTONEROS DEL JUEZ LORENZETTI.
En su libro “Asalto a la Corte” el ex juez de la Corte Suprema, Adolfo Vázquez narra que al asumir  la presidencia de la república Carlos Kirchner  y reemplazar a la mayoría de los miembros de la Corte , se le ofreció continuar en la misma con dos condiciones: Convalidar la ilegal anulación, con efectos retroactivos, de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y habilitar la pesificación asimétrica. Al negarse por haber declarado, anteriormente varias veces, la Corte Suprema, la constitucionalidad de las  leyes de Punto Final y Obediencia Debida, debió presentar su renuncia. Tal requerimiento se le habría formulado a  los nuevos postulantes, que sí aceptaron el inconstitucional requerimiento de Néstor Kirchner, Lorenzetti  incluido.
  
!!!!! TERRIBLE !!!!!

 REVELACIÓN SOBRE EL JUEZ LORENZETTI
¿Puede un militante Montonero juzgar los mal llamados “crímenes de lesa humanidad”?

 Abogado- ¿Usted fue militante peronista, desde
 la época universitaria, de la JP ligada a Montoneros?, ¿en
 noviembre de 1976 los militares lo buscaron en su casa en
 Santa Fe donde vivía con otros amigos y lo salvó su amigo
 Horacio Calciatti?. 
Responde Lorenzetti"Me hace preguntas
 
de tantos años atrás....  [se toma la cabeza, la
 inclina hacia atrás se acomoda en el sillón y puedo
 percibir que se emociona ... hay unos minutos de silencio y
 continúa], … Fueron tantos, tantos años atrás ... pero
si, así fue. Siempre fui perseguido."
Natalia Aguiar, “El Señor de la Corte" de Ediciones B Argentina
SA, 2017, es autora de este libro de donde se extrae esta cita que revela un antecedente desconocido y ocultado maliciosamente por el doctor Ricardo Lorenzetti.
Haber pertenecido a la Juventud Peronista, ligada a la agrupación
terrorista guerrillera subversiva Montoneros, hecho desconocido hasta entonces y revelado por el mismo Lorenzetti al ser confrontado por la autora, es una circunstancia reveladora de la afiliación política de extrema izquierda con el agravante de no haber sido informada por el  interesado, en el pliego presentado para el acuerdo del Senado, en 2004 y hasta la publicación de este libro,
esta posición extremista, en este caso ha impactado por el hecho de que Lorenzetti es el actual Presidente de la Corte Suprema de la Argentina y con gran involucramiento en el juzgamiento de los mal llamados crímenes de lesa humanidad, es decir, de quienes pertenecían al bando legal contrario en el que militaba Lorenzetti.
Cabe reflexionar sobre el significado y consecuencias de esta actitud. Lo inaceptable es que quien se incorporaba al más Alto Tribunal de la República para tratar, como tema más importante, el juzgamiento de las acciones realizadas para combatir el flagelo del terrorismo guerrillero subversivo marxista, haya ocultado haber pertenecido o comulgado con uno de los sectores que fueron parte del terrible conflicto que envolvió al país y peor aún, no haberse excusado al momento de intervenir en el juzgamiento de la guerra interna que asoló al país.
 Todos los hitos que permitieron el juzgamiento de los llamados “crímenes de lesa humanidad' fueron discutibles, por decir lo menos: primero, la conformación por Néstor Kirchner del Alto Tribunal con jueces adictos, luego la anulación, con efecto retroactivo, de las leyes de “Obediencia Debida” y “Punto Final”,  increíble anulación de la Corte Suprema, de una sentencia del mismo alto tribunal, dictada años atrás, que las declaraba constitucionales, con el agravante que, en la nueva sentencia impulsada por Néstor Kirchner, también firmaba un juez de la Corte
que había intervenido en la anterior sentencia.
La calificación de los delitos que pudieran haberse cometido en la Guerra Interna contra el terrorismo, como “crímenes de lesa humanidad”,  sin una base legal vigente a la época de los
hechos y la consecuente ilegal declaración de imprescriptibilidad, determinan la nulidad de todo lo actuado en los juicios contra los militares durante la década kirchnerista.
A este cúmulo de anomalías, ahora se agrega la participación de un magistrado que ocultó maliciosamente, una circunstancia de su pasado, que afecta su imparcialidad, en lo que sería un nuevo y grave cuestionamiento a la actuación de la Corte Suprema.
Se trata de un ministro del Alto Tribunal, luego elegido Presidente, que tuvo una activa intervención e influencia en la construcción de los alambicados razonamientos que tuvieron por resultado el
escandaloso resultado de la condena de los militares que intervinieron por orden de un gobierno constitucional, por un decreto secreto del año 1975, dejando libres de todo
reproche, al sector terrorista guerrillero subversivo marxista, que habían cometido todo  tipo de crímenes.
Lo cierto es que por estos ilegales artilugios, los que
llevaron adelante la represión desde el bando legal, quedaron en la cárcel, en tanto los que lucharon del otro bando, (el terrorista), quedaron libres de culpa y cargo, y, según quien los mire, exaltados y hasta homenajeados e indemnizados por sus crímenes.
La distinción está en la distorsionada visión de la doctrina de esta Corte Suprema, en que los crímenes que pudieran haberse cometido en la represión a los terroristas por los militares, califican - por vía de estos discutibles e inconstitucionales argumentos - en la categoría de "crímenes de lesa humanidad".
En este caso se entiende que el antecedente de Lorenzetti debió haber sido conocido primero por la sociedad cuando lo ungió para el cargo en la Corte, y luego también cuando no se excusó al intervenir en tales causas. Es que una persona que había tenido una posición extrema en aquella época carece de la imparcialidad y la ecuanimidad necesarias para fallar en estos casos, y menos, para llevar la voz cantante en las sentencias.
La jueza Carmen Argibay, integrante de la Corte Suprema kirchnerista, murió en 2014 y se sabía que había estado detenida por un tiempo por los militares del Proceso, pero se entendió que
era una persona, si bien con conocidas posiciones de izquierda, se coincidía - y lo demostró en sus sentencias - en que era absolutamente independiente.
La actitud del Dr. Lorenzetti es particularmente reprochable. Los principios jurídicos y éticos dicen que: "todo juez en relación con el
cual puede haber razones legitimas para dudar de su imparcialidad debe abstenerse de conocer en el caso ya que lo que está en juego es la confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos en una sociedad democrática." El principio de imparcialidad como
la garantía del debido proceso, reviste su importancia, como lo dice el procesalista costarricense Artavia, para "garantizar la idoneidad del órgano jurisdiccional y la consiguiente confianza de las partes en la imparcialidad del juzgador -garantía inherente al cargo-, la ley ha dispuesto que los jueces y demás funcionarios judiciales, puedan ser apartados de un proceso, por petición de los interesados -recusación- o por propia determinación -excusación e
inhibición.
Como afirma Werner Goldshmit "La imparcialidad consiste en poner entre paréntesis todas las consideraciones subjetivas del juzgador. Este debe sumergirse en el objeto, ser objetivo, olvidarse de su propia personalidad".
En síntesis, la actitud del Dr. Lorenzetti, primero ocultando un antecedente determinante en el juzgamiento, y luego  no excusándose, es grave y particularmente reprochable.
Todo esto no son simples disquisiciones leguleyas, pues tienen efectos prácticos, y, de haberse conocido y planteado oportunamente, podría haberse orientado las soluciones hacia otro derrotero.
De hecho ya se supone una recusación con causa interpuesta contra Lorenzetti en estos meses, basada en esta circunstancia
determinante. Es un principio básico y republicano que "cuando actúa la Justicia el deber del Estado es ser neutral. Pero en los mal llamados casos de lesa humanidad, durante la administración
kirchnerista, el Estado hizo lo opuesto: se comprometió a
no ser neutral y se empeñó en buscar condenas a cualquier
costo".
El propio Lorenzetti, en una actitud imprudente para cualquier juez, calificó al juzgamiento de los militares que combatieron al terrorismo, como una “Política de Estado de la República Argentina”, y también se pavoneó de la acción de la
justicia, que procesó a más de 2.000 militares, de los cuales alrededor de 450 fallecieron en cautiverio y en muchos casos sin la debida atención médica y cumpliendo prisiones preventivas que superaban largamente el plazo legal y sin sentencias firmes.
Denuncia

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